sábado, 16 de noviembre de 2013

En Chile los animales son cosas ¿Algún candidato se ha referido a lo que establece el Código Civil?


*Ninguno de los candidatos propone acabar con la categorización de los animales como bienes que tienen la capacidad de moverse por sí mismo (semovientes), como establece nuestro Código Civil, y elevar su estatus al de, por ejemplo, sintientes no humanos.
Los casos son muchos. Algunos  alcanzan y en ocasiones quedan en la retina pública.  Los perros envenenados en Punta Arenas probablemente con estricnina –un veneno para ratas que produce una muerte lenta y dolorosa–. Chocolate, el perro antofagastino que murió tras agonizar dos días luego de que desconocidos lo violaron e introdujeron fierros por el ano. La tortuga recientemente mutilada en la playa de Chinchorro en Arica para construirse –como afirmó su mutilador– una lámpara con la caparazón.
Pero la gran mayoría de los casos pasa desapercibida. La crueldad se mimetiza con el paisaje. ¿Quién sabe de Frida?, una perra a la que le mutilaron la cola desde la raíz y sólo sobrevivió porque los vecinos la llevaron al veterinario y se hicieron cargo de los cuidados y costos. O de la enorme cantidad de animales que dejan su salud y vida en laboratorios luego de ser torturados en experimentos de testeo de productos tan necesarios para la vida humana como nuevas cremas humectantes. Y que decir de gran parte de los animales en circos y zoológicos, que vemos sin percibir o tomar en serio su sufrimiento.
Y es que aunque los casos de crueldad y maltrato animal están a la vuelta de la esquina, ellos rara vez son investigados y todavía menos condenados en las cortes. Esto no se debe a que en nuestro país se goce de impunidad legal en el trato de los animales. El código penal sanciona el maltrato o crueldad para con los animales como delito. Las razones para exterminar animales remiten a la seguridad de las personas o a evitar sufrimiento. Pero ya que –como establece nuestro código civil– se sigue considerando a los animales como cosas que tienen la capacidad para moverse por sí mismas, en la práctica este tipo de delitos no se investiga propiamente y los victimarios gozan de impunidad.
Una excepción reciente a la regla es la condena a Luis Donoso, ex jefe de Higiene Ambiental de la comuna de San Joaquín, quien fue condenado a cumplir una pena remitida de 41 días de presidio por dos matanzas ordenadas el año 2008. En total, sus ordenes se concretizaron en la muerte de aproximadamente 40 perros. La primera matanza fue realizada en el parque la Castrina de esa comuna. Está bien documentada en un video disponible en Internet que muestra como a plena luz del día los funcionarios municipales inmovilizan a los perros que, sin oponer resistencia, reciben una inyección letal y luego son vertidos en los basureros. Si le gusta coleccionar capítulos de indolencia y desidia humana, véalo. Los funcionarios deberán pagar 1 UTM a la fundación Proanimal y ofrecer disculpas públicas.
Demás está decir que la condena a Luis Donoso es modesta (y es así porque remite a un evento anterior a la modificación de la Ley el año 2009). Imagine que el ex jefe de Higiene hubiese ordenado matar niños huérfanos con inyecciones letales. Sin duda, la responsabilidad irradiaría hasta el alcalde de la comuna y le costaría al menos el puesto, independientemente de que lo hubiese sabido o no. Pero como en el caso de los animales no humanos nuestro sentido moral se mantiene en un cierto estado de sopor, el ímpetu de la adscripción de responsabilidad moral no llega tan lejos. Pero aunque la condena sea modesta, ella sienta un precedente importante: ya no es admisible –y por tanto encuentra condena penal– ir solucionando problemas como un sheriff comunal a punta de pistola (o de inyecciones).
Pero los casos de crueldad y maltrato animal seguirán siendo parte del paisaje si no avanzamos de un modo decisivo en el establecimiento de leyes, normativas y políticas públicas. Lamentablemente, los vientos no soplan con fuerza en esa dirección. Al menos los programas de gobierno de las dos candidatas que pasarán a segunda vuelta son, en este sentido, decepcionantes. Es razonable suponer que para ellas y sus equipos los ofertones de la política se correlacionan positivamente con el retorno en votos esperado, y no tanto con temas de principios que resulten marginales en este cometido.
En el programa de la candidata Matthei no hay referencia al tema del trato a los animales. Y en el de la candidata Bachelet (de la que habría sino razonable esperar cierta generosidad en estos temas –es decir, inversiones con poco retorno de votos– dada su posición dominante) lo que se ofrece es de una modestia franciscana: dictar –finalmente– el reglamento correspondiente a la ley 20.380 sobre protección animal (aprobada durante su primer gobierno, pero dejada sin reglamento), y así financiar un programa masivo de esterilización para mascotas, y educar a la ciudadanía en la tenencia responsable de animales de compañía. Todo esto es importante, por cierto. Pero absolutamente insuficiente.
Las candidaturas que tratan el tema de los animales con mayor seriedad y conocimiento son las de Marco Enríquez-Ominami, Franco Parisi (sus propuestas remiten a la información enviada por su jefe de campaña a Policía Animal de Chile), Marcel Claude y Alfredo Sfeir (aunque esta última de un modo amplio e indiferenciado). Si bien tienen un sesgo a favor de animales de compañía –y se olvidan de los animales para producción de carne–, las primeras tres son bastante completas y vale la pena leerlas con detención. Entre otros, se enfrentan con el tema del uso en laboratorios, la caza y pesca deportiva, y la entretención. El candidato Claude es el único que expresamente propone lo evidente si nos importa el bienestar animal: poner fin al rodeo. Y el candidato Parisi propone incluso un deber de asistencia en caso de animales accidentados. A diferencia de las de Matthei y Bachelet, en estas tres candidaturas hay propuestas interesantes con respecto a los animales.
Sin embargo, ninguno de los candidatos propone acabar con la categorización de los animales como bienes que tienen la capacidad de moverse por sí mismo (semovientes), como establece nuestro Código Civil, y elevar su estatus al de, por ejemplo, sintientes no humanos. Y ninguno propone lo evidente (sobre todo considerando los aires de nueva constitución que los animan): elevar a nivel de principio constitucional el compromiso de protección de los animales no humanos. Esto no es exótico. Nada menos que la constitución alemana (país referente de candidatos dispares) establece en su artículo 20a, mediante modificación constitucional del año 2001, que el Estado protegerá, teniendo en cuenta su responsabilidad con las generaciones futuras, dentro del marco del orden constitucional, los fundamentos naturales de la vida y los animales a través de la legislación y, de acuerdo con la ley y el derecho, por medio de los poderes ejecutivo y judicial. Sería un muy buen comienzo.
Fuente: El Dinamo

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